¿A quién no le preocupa su vida , seguir viviendo y ser felices con los suyos? Pues con los seguros de vida , se puede asegurar su propia vida , para que luego sus familiares tengan una ayuda.
¿Qué es un seguro de vida?
¿Qué es un seguro de vida?
Es un seguro que cubre los diferentes riesgos que puede tener las personas . Estos seguros cubren todos los riesgos que afecten a la existencia , integridad corporal o salud del asegurado. Lo que implica que si el asegurado muere , la indemnización la recibirá alguno de sus familiares si no estaba casado y si lo estaba su esposa, etc.
Están regulados y contemplados por la Ley 50/1980 de los contratos de seguros . Siempre se aplicará la legislación mercantil vigente .
La característica que tiene es indemnizatoria dado que el asegurador se obliga a si mismo al cobro de la primera estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley en el contrato , a que el beneficiario pueda obtener un capital , bien sea por fallecimiento del asegurado o por supervivencia.
Se puede hacer de forma individual o colectiva , pero siempre que estén afectados por el mismo riesgo.
Clasificación:
Siempre se han clasificado en individuales y de grupos o colectivos , según el ámbito subjetivo de actuación . También se pueden clasificar según el riesgo:
1. La vida : riesgo de muerte o de supervivencia
2. La integridad física : seguro de accidentes
3. La salud : seguro de enfermedad , de asistencia sanitaria
También dentro de esto se puede distinguir los seguros de entierro o de decesos.
Seguros individuales de Vida:
De dos formas distintas: el riesgo cubierto es la muerte del asegurado o bien el riesgo es la supervivencia del asegurado después de una determinada fecha .Se pueden contratar ambos a la vez.
Ø Concepto:
El asegurador a cambio de una prima única o periódica , se obliga a satisfacer al suscriptor de la póliza , o la persona que él designe , un capital , renta , etc , cuando fallezca o llegue a una edad determinada.
Ø Clases de seguros de vida:
· Seguros para casos de muerte: la obligación del asegurador está subordinada a la muerte del asegurado:
- Seguro de vida entera: el asegurador está obligado a satisfacer al fallecimiento del asegurado en cualquier época.
- Seguro temporal : la obligación de pagar la indemnización solo aparece cuando el asegurado fallece en un tiempo estipulado.
· Seguros para caso de vida o supervivencia : la obligación que tiene el asegurador está ligada a la supervivencia del asegurado a una determinada edad o fecha.
- Seguro de capital diferido: el asegurador tiene la obligación de pagar una cierta cantidad si el asegurado está vivo en una cierta fecha.
- Seguro de renta: cuando el asegurador tiene que pagar una renta .
· Seguros mixtos : es una combinación de seguros de muerte y seguros de supervivencia:
- Seguro mixto ordinario: el asegurador tiene que pagar tanto si muere el asegurado o sobrevive a una determinada fecha .
- Seguro a término fijo: el asegurador tiene que pagar un capital en una fecha determinada; si el propio asegurado viviera , sea el beneficiario asignado , pero cesando la obligación de la prima si es asegurado falleciera antes de esa fecha.
ØLa póliza:
ØLa póliza:
Debe tener unas menciones específicas , tales como derechos de rescate , reducción de la suma asegurada y los anticipos.
Ø Elementos personales del contrato :
· Asegurado: persona que hace el seguro sobre su propia vida , de manera que su muerte o supervivencia , en un momento fijado , obliga al asegurador a satisfacer el capital o renta asegurados .
*La L.C.S prohíbe el seguro por caso de muerte sobre menores de 14 años o de incapacitados.
*Si el asegurado tiene más de 14 años y menos de 18 años , en los seguros de fallecimiento y en los casos de supervivencia , será necesaria la autorización por escrito de los representantes legales .
· Tomador del seguro : es quien estipula el contrato con el asegurador y firma la póliza , asumiendo las obligaciones que ésta le impone: pagar la prima , etc.
· Beneficiario:es la persona que resultará indemnizada con la contraprestación del seguro. Es quién elige el asegurado para que se le entregue el capital en caso de fallecimiento o de supervivencia.
Ø Objeto del contrato: el riesgo
· La prima: es la cantidad a pagar por el tomador del seguro. Se calcula según las tablas de mortalidad y se rige por tarifas oficialmente aprobadas.
- Reducción de la póliza : el impago de la prima por el tomador .El impago de la prima no abría paso a la rescisión del contrato. La ley española recoge este principio.
- Rescate de la póliza
- Anticipos sobre las pólizas : la ley española otorga al tomador la facultad de solicitar al asegurador anticipos , después de satisfacer las dos anualidades de las primas.
- Cesión de las pólizas: el tomador puede ceder la póliza en cualquier momento . En caso de que haya sido beneficiario con carácter irrevocable , no puede ceder la póliza.
· Renta asegurada: la liquidación no presenta problemas. Una vez producido el siniestro se le da la suma acordada. El pago incumbe al asegurador previa justificación por el beneficiario del hecho determinante : muerte o supervivencia del asegurado.
Ø Seguros de accidentes :
Cubre la lesión corporal en caso de accidentes. Es por causa violenta , súbita , externa y ajena a la intencionalidad del asegurado . Que puede producir invalidez temporal , permanente o muerte.
Las pólizas hacen contratos con unos límites fijados.
Si no existen beneficiarios , el capital pasarán a los herederos del muerto en cuestión . En caso de discapacidad permanente , la indemnización será según las diferentes clases de discapacidad. La incapacidad temporal se le abona una cantidad al asegurado , durante el tiempo que este así.
Ø Seguros de viajes:
Coberturas integrales , médicas , legales y de equipaje . Las aseguradoras les brindan a los asegurados la protección real en un momento de accidente , enfermedad, etc.
Ø Seguro de enfermedad:
Es el cobro de la cantidad estipulada en caso de padecer alguna enfermedad más los gastos de asistencia médica y de medicamentos.
Artículos :
- Fernando Alonso Asegura sus pulgares
- Seguro de Vida Cantabria Vidatar
- Seguro de Protección de Tráfico Bankinter
- Seguros de Protección de Barclays
- etc.
Páginas web de empresas :
En mi opinión los seguros de vida son necesarios . Porque si por diferentes situaciones mueres o te ocurre algo , la empresa con quien firmas el contrato indemniza al beneficiario que elija el asegurado.
Pero también hay que destacar , que hay muchas negligencias en estos contratos y en las pólizas . O a veces el asegurado engaña a la empresa , para que le de el capital , ya que lo necesita urgentemente; o finge su propia muerte.
Por tanto ,es muy importante que haya siempre una regulación sobre los seguros de vida . Para que no haya ningún engaño por las dos partes .
Fuentes:
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